Fuente: bolsamania

  • El Tribunal Constitucional (TC) ya declaró inconstitucional el impuesto de plusvalía

El Tribunal Supremo (TS) ha descartado que exista un derecho automático de indemnización después de que el Tribunal Constitucional (TC) declarara inconstitucional el impuesto de plusvalía, dado que debe acreditarse que, en efecto, no se incrementó el valor del terreno.

Los recurrentes acudieron al Supremo después de que el Constitucional limitara de forma expresa otras vías de reclamación al no permitir que, con fundamento en la propia sentencia, se revisasen obligaciones tributarias devengadas por el impuesto que hubiesen sido ya decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada, o mediante resolución administrativa firme, o las que no hubiesen sido impugnadas cuando se dictó la sentencia.

Ahora, el alto tribunal explica que la decisión del Constitucional «no conduce necesariamente (…) a calificar de antijurídico el abono de determinadas cantidades en concepto del (impuesto) o que esas cantidades, por equivalencia, constituyan un daño efectivo desde la perspectiva de la responsabilidad patrimonial».

DESESTIMA CUATRO RECURSOS

Los magistrados inciden en que para llegar a tal conclusión es preciso que «se acredite a través de los medios de prueba establecidos en el ordenamiento tributario que el hecho imponible no se ha producido o que se ha producido en cuantía distinta a la establecida por la Administración con su método de estimación objetiva, o que las reglas de cálculo aplicadas eran incorrectas«.

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